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Estas son las bases mensuales de cada tramo de rendimientos netos y la cuota resultante con el tipo del 31,5 %.
| Rendimientos netos mensuales (€) | Base mínima | Base máxima | Cuota mínima | Cuota máxima |
|---|---|---|---|---|
| Hasta 670 | 653,59 € | 718,94 € | 205,88 € | 226,47 € |
| Más de 670 y hasta 900 | 718,95 € | 900,00 € | 226,47 € | 283,50 € |
| Más de 900 y menos de 1.166,70 | 849,67 € | 1.166,70 € | 267,65 € | 367,51 € |
| De 1.166,70 a 1.300 | 950,98 € | 1.300,00 € | 299,56 € | 409,50 € |
| Más de 1.300 y hasta 1.500 | 960,78 € | 1.500,00 € | 302,65 € | 472,50 € |
| Más de 1.500 y hasta 1.700 | 960,78 € | 1.700,00 € | 302,65 € | 535,50 € |
| Más de 1.700 y hasta 1.850 | 1.143,79 € | 1.850,00 € | 360,29 € | 582,75 € |
| Más de 1.850 y hasta 2.030 | 1.209,15 € | 2.030,00 € | 380,88 € | 639,45 € |
| Más de 2.030 y hasta 2.330 | 1.274,51 € | 2.330,00 € | 401,47 € | 733,95 € |
| Más de 2.330 y hasta 2.760 | 1.356,21 € | 2.760,00 € | 427,21 € | 869,40 € |
| Más de 2.760 y hasta 3.190 | 1.437,91 € | 3.190,00 € | 452,94 € | 1.004,85 € |
| Más de 3.190 y hasta 3.620 | 1.519,61 € | 3.620,00 € | 478,68 € | 1.140,30 € |
| Más de 3.620 y hasta 4.050 | 1.601,31 € | 4.050,00 € | 504,41 € | 1.275,75 € |
| Más de 4.050 y hasta 6.000 | 1.732,03 € | 5.101,20 € | 545,59 € | 1.606,88 € |
| Más de 6.000 | 1.928,10 € | 5.101,20 € | 607,35 € | 1.606,88 € |
Dentro de tu tramo puedes cotizar entre la base mínima y la máxima. Elegir la mínima reduce tu cuota ahora, y elegir una base mayor mejora tu prestación por cese de actividad, tu incapacidad temporal y tu pensión de jubilación. Al cerrar el año, la Seguridad Social compara tus rendimientos reales con los previstos y regulariza la diferencia.
Desde 2023 los autónomos cotizan según sus rendimientos netos reales, no por una base elegida libremente. Cada persona se coloca en uno de los tramos de la tabla del RETA y paga un porcentaje sobre la base de ese tramo.
El primer paso es estimar tus rendimientos netos mensuales: ingresos menos gastos deducibles (y un 7 % de deducción por gastos de difícil justificación en el caso de autónomos persona física). Con ese dato se busca el tramo correspondiente y se elige una base de cotización entre la mínima y la máxima del tramo.
La cuota se obtiene multiplicando la base por el tipo de cotización total, un 31,5 % en 2026 (contingencias comunes, profesionales, cese de actividad, formación y MEI). Los nuevos autónomos pueden beneficiarse de una tarifa plana durante el primer año; la calculadora lo tiene en cuenta si lo marcas.
Al final del año la Seguridad Social compara tus rendimientos reales con los declarados y regulariza la diferencia.
Un autónomo con 2.000 € de rendimientos netos mensuales cae en el tramo «General 5» (de 1.850 a 2.030 €), cuya base mínima es 1.209,15 €. Con la base mínima, paga 1.209,15 × 31,5 % = 380,88 € al mes.
Se aplica un tipo de cotización del 31,5 % a la base que eliges dentro del tramo que te corresponde según tus rendimientos netos mensuales previstos. Cada tramo tiene una base mínima y una máxima.
Son los ingresos menos los gastos deducibles de tu actividad, y después se resta una deducción del 7 % por gastos de difícil justificación, que es del 3 % para autónomos societarios y para quienes tienen diez o más trabajadores. El resultado, dividido entre 12, es el rendimiento neto mensual.
Contingencias comunes (28,3 %), contingencias profesionales (1,3 %), cese de actividad (0,9 %), formación profesional (0,1 %) y el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (0,9 % en 2026).
Sí. Puedes elegir cualquier base entre la mínima y la máxima de tu tramo. Una base más alta supone una cuota mayor, pero también mejores prestaciones y pensión futuras.
La Seguridad Social regulariza la cotización con los datos de Hacienda al cerrar el año. Si cotizaste de menos, te reclamará la diferencia, y si cotizaste de más, te la devolverá.
Sí, existe una cuota reducida para quienes inician su actividad, de unos 80 euros al mes durante los primeros doce meses, con posibles ampliaciones según tus ingresos y tu comunidad. Consulta las condiciones vigentes en la Seguridad Social.
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